Comunicado

Se suspenden las Mediaciones

RESOLUCIÓN COVID

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

 

VISTO:

 

Los Decretos N° 213/20, 259/20 emitidos por este Poder Ejecutivo Provincial y el Acta N° 8 de fecha 16 de marzo de 2020 de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe; y,

 

CONSIDERANDO:

Que, los citados actos administrativos fueron emitidos teniendo como antecedentes la normativa dictada por el Poder Ejecutivo Nacional y las medidas aconsejadas por el Ministerio de Salud de la Nación  para la prevención de la propagación del coronavirus (COVID 19);

 

Que el Poder Ejecutivo de la Nación dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20, por el cual se amplía por el término de un (1) año la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley  27541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación al coronavirus COVID- 19 con la posibilidad de prorrogarla en caso de persistir la situación epidemiológica;

 

Que el Poder Ejecutivo Provincial mediante Decreto N° 0213/20  se dispuso adherir a las Disposiciones del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 260/20;

 

Que por Decreto N° 259/20 el Poder Ejecutivo Provincial suspendió el deber de asistencia a los lugares de trabajo de los agentes de la Administración Pública Provincial que se encuentren en las situaciones previstas en el art. 7 del DNU Nacional N° 260/20 y toda otra norma de naturaleza similar que en su futuro emane de la autoridad Sanitaria;

 

Que, la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe dispuso la suspensión exclusiva de los plazos procesales en las actuaciones radicadas o a radicarse en todas las unidades jurisdiccionales de las cinco Circunscripciones Judiciales de la Provincia de Santa Fe,  desde el 17 de marzo de 2020 al 31 de marzo de 2020 inclusive;

 

Que conforme  Ley 13.151  y Decretos Reglamentarios Nros. 1747/11, 4688/14 y 184/19, es el Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad, a través de la Subsecretaria de Acceso a la Justicia, quien tiene a su cargo la Agencia de Gestión de la Mediación (AGEM), autoridad de aplicación del Sistema de Mediación Prejudicial Civil y Comercial;

 

Que, a fin de atender la situación de público conocimiento generada por la situación epidemiológica del coronavirus COVID-19 y para la protección de la Salud Pública se torna imprescindible implementar medidas de prevención en torno a la protección de la salud de todos los mediadores y mediadores, agentes de la Administración Pública Provincial que cumplen sus funciones en la Agencia de Gestión de la Mediación y usuarios del sistema de Mediación Prejudicial Civil y Comercial.

 

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE ACCESO A LA JUSTICIA

RESUELVE

ARTÍCULO 1: Suspéndase la fijación y realización de reuniones de mediaciones- conforme  Art 10 Ley 13151-, cualquiera sea su materia, en el marco de la emergencia publica sanitaria, dispuesta por Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 260/20 y Decreto Provincial N° 0213/20 y a los fines de prevenir la propagación del coronavirus (COVID 0).-

 

ARTÍCULO 2: Dispóngase la suspensión del sorteo de mediaciones en las cinco Circunscripciones Judiciales de la Provincia, a cargo de la Agencia de Gestión de Mediación,  conforme lo regulado en Acta N° 8 de la Corte Suprema de Santa Fe.-.

 

ARTÍCULO 3: Las suspensiones se entenderán dispuesta hasta el día 31.03.2020 inclusive, plazo que podrá ser prorrogado conforme lo que determine la autoridad sanitaria.