Disposición

Disposiciones del Registro de la Propiedad Inmueble ante la Pandemia


DISPOSICIÓN TÉCNICO REGISTRAL CONJUNTA Nº 02
SANTA FE, 18 de marzo de 2020.

VISTO:

El Decreto de Necesidad y Urgencia n°0260/20 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional el 12/3/2020 y la adhesión de la Provincia de Santa Fe mediante el Decreto 0213 del 12/3/20, asimismo los Decretos 0259 de fecha 15/3/20 y Decreto N° 0264 de fecha 16/3/20, dictados por el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, todos ellos en el marco del plan de prevención de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19; y

CONSIDERANDO:

Que las normas administrativas disponen desobligar a las agentes de la Administración Pública Provincial, suspendiendo el deber de asistencia al lugar de trabajo de los agentes comprendidos en el artículo 6. Del Dec.0259,y del Dec. 0264 en virtud de la dimensión y trascendencia de esta pandemia,.

Que ello afectará directamente a esta repartición, puesto que su planta de personal estará disminuida de forma tal que sea imposible la normalidad del ingreso y del curso de los plazos registrales que rigen a los distintos trámites.

Que ello se torna aplicable en ambas Circunscripciones del Registro de la Propiedad Inmueble con motivo de la implementación mediante Disposición Técnico Registral Conjunta N° 03/2015 del Sistema unificado de Inhibiciones en toda la provincia.

Por ello y lo establecido en dicha ley y Resolución, en el artículo 75 de la LP 6435 y Decreto Nro. 0772/2018;

El SUB SECRETARIO DE REGISTRO SOBRE PERSONAS HUMANAS Y JURÍDICAS, LA DIRECTORA DEL REGISTRO GENERAL SANTA FE y EL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO GENERAL ROSARIO

D I S P O N E N:

1.- Suspender los plazos registrales establecidos en la ley 6435 desde la cero (0) hora del día 18 de marzo de 2020 hasta las 24 hs. del 31 de marzo de 2020

2.- Ello alcanzará a aquellos certificados cuyo plazo de validez estuviere comprendido en ese lapso y a las inscripciones, anotaciones y otros documentos cuyo plazo de vencimiento, caducidad o presentación se cumpliera en el mismo lapso de la suspensión.

3.- Las Mesas de Entradas de los Registros de Santa Fe y Rosario otorgarán un número limitado de turnos por día para atención al Público, de acuerdo con la disponibilidad de personal diaria.

4.- Las Mesas de Entradas de los Registros Nodos Rafaela, Reconquista, Venado Tuerto y Tribunales de Rosario permanecerán cerradas para el ingreso de documentos.

5.- Los trámites urgentes serán suspendidos en la Primera Jurisdicción.

6.- Regístrese, notifíquese con copia, comuníquese a los Colegios Profesionales vinculados con la actividad registral, hágase conocer al público en general, y archívese.

 

FIRMADO:

Dr. Francisco Dallo, Sub Secretario de Registros sobre Personas Humanas y Jurídicas

Dra. M. Graciela Gimenez, Directora General Santa Fe

Dr. Miguel Luvera, Director General Rosario